-
Iglesia Evangélica Pueblo Nuevo
en la web en la Biblia
Buscar en la Biblia  Búsqueda avanzada 
Sobre nosotrosQuiero saber másCómo involucrarme¿Podemos ayudarte?inicio
Sobre la BibliaHistoria de la IglesiaBiografíasEnciclopedia de la Historia de la IglesiaEl tabernáculoMás contenido
PrólogoEtapa antigua 33-476Etapa medieval 476-1517Reforma y contrarreforma 1517-1648Etapa moderna 1648-BiografíasEnciclopedia de la Historia de la IglesiaCronologíaMás información
ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWYZ
 Estamos en: Quiero saber más » Historia de la Iglesia » Enciclopedia de la Historia de la Iglesia » C » CAMPOSANTO
CAMPOSANTO
Guardar como Pdf Guardar como Pdf
Imprimir Imprimir
Enviar este enlace por e-mail a un amigo Enviar este enlace por e-mail a un amigo
Ver más Enciclopedia Ver más Enciclopedia
Siguiente
Camposanto es el nombre que fue dado al lugar de sepultura de los cristianos.

Eloé, pastel, 1892, por Witold Pruszkowski, Muzeum Narodowe, Breslau
Eloé, pastel, 1892, por Witold Pruszkowski,
Muzeum Narodowe, Breslau
La antigua Iglesia se adaptó a la costumbre contemporánea griega y romana de tener sus lugares de entierro fuera de la comunidad. En este aspecto no hay diferencia entre cementerios comunitarios y propiedades privadas, entre los subterráneos y los de superficie. En el este y el oeste la condición era la misma. Parece que esta costumbre cambió por primera vez cuando Constantino el Grande fue enterrado en la iglesia de los Apóstoles en Constantinopla, lo que significó un precedente decisivo para el futuro. Por esa causa, durante la antigüedad en general hubo provisión para entierros urbanos como señal de honor especial (virtutis causa), Augusto y Trajano, por ejemplo, en Roma y, sin excepción, las vestales. Bajo una construcción flexible continuó con eclesiásticos eminentes (por ejemplo, Ambrosio) y personas mundanas de distinción, pero principalmente con los mártires y santos, cuyos cuerpos fueron depositados en las iglesias vecinas. Durante el siglo cuarto ya era costumbre en Egipto preservar momificados los cuerpos de los santos en sus hogares. De hecho, lo que fue originalmente la excepción comenzó a ser la regla general a finales de ese siglo, por lo que las autoridades seculares y espirituales se vieron obligadas a prohibir la multiplicación de entierros en las iglesias. Finalmente se llegó a un compromiso, por el que el entierro dentro de la iglesia se otorgaba en casos excepcionales por autorización episcopal. Mientras que para la congregación como tal se propuso la tierra alrededor de la iglesia (atrium ecclesiæ). Esta tierra no tenía la misma estimación que la del interior de la iglesia, pero lo adquirió al ser consagrada como tierra santa. Mientras que la cercanía al sacrificio de la misa y al santuario contribuían también, en un grado, a aumentar su valor.

La iglesia medieval ejerció autoridad sin restricciones sobre el camposanto, que era contemplado como un adjunto a la casa de Dios. El mismo derecho de asilo les protegía a ambos (cf. el alemán Friedhof, en el sentido de "salvaguarda"). Mediante la consagración se imprimió un particular sello al camposanto y una dedicación de la iglesia demandaba igualmente una nueva consagración del camposanto, aunque no viceversa. La ejecución de una sentencia de sangre sobre esta tierra resultaba en la excomunión. No fue infrecuente la costumbre de fortificar el camposanto, junto con la iglesia, pues la protección de la iglesia fue eclesiásticamente disputada, pero no anulada. Por otro lado, se exigía que las tumbas fueran cavadas o estuvieran protegidas. Se reservaron parcelas especiales para los sacerdotes. Las tumbas de los niños que morían sin el bautismo se localizaban en un lugar distinto del resto del cementerio. Nadie que no hubiera partido de esta vida en paz con la Iglesia podía descansar en tierra consagrada.

Día de Todos los Santos en el cementerio, por Ludwig Friedrich Wilhelm Riefstahl
Día de Todos los Santos en el cementerio,
por Ludwig Friedrich Wilhelm Riefstahl
En medio del cementerio debía haber una gran cruz. Otro requerimiento necesario era la existencia de un osario en el que los huesos desenterrados se almacenaban. Otro objeto que llegó formar parte del cementerio era la lámpara de los muertos, consistente en un cilindro o polígono donde en lo alto había una luz perpetua. Sin duda su origen está en el simbolismo de la luz, pero la credulidad popular vio en esta luz un medio de defensa contra los malos espíritus. La decoración artística de las tumbas parece haber sido la excepción en tiempos medievales. Tal expresión es el renombrado Campo Santo en Pisa, comenzado en 1278 y posteriormente embellecido en los siglos XIV y XV. La Iglesia católica ha retenido las observancias y regulaciones canónicas del uso medieval pero sólo en ejemplos aislados, pues en referencia a las inscripciones de las tumbas y el mantenimiento de los cementerios junto a la iglesia se han complementado con nuevas regulaciones.

El cementerio en la Iglesia griega generalmente va paralelo con el de la latina. La Iglesia ortodoxa igualmente clasifica la tumba entre las cosas consagradas, proporcionando una dedicación oficial y reconociendo la posibilidad de desconsagración.

La Reforma consistentemente rompió con la concepción medieval del cementerio como locus religiosus y al mismo tiempo acabó con los ritos funerales específicos católicos. Sin embargo, eso no significa que se eluda el deber de mostrar un piadoso interés por el lugar de descanso del muerto ni de aprovechar la ocasión para la predicación del evangelio y la consolación de los deudos.



© No se permite la reproducción o copia de este material sin la autorización expresa del autor. Es propiedad de Iglesia Evangélica Pueblo Nuevo

Enlaces relacionados
·Actualidad de Macabeos (V)
·Actualidad de Macabeos (VI)
·Actualidad de Macabeos (y VII)
·Amarillismo
·La Piedra de Gabriel
·Fábulas judaicas
·Manipuladores de la evidencia
·Un profeta para nuestro tiempo
·El País, con la Constitución
·Juliano el Apóstata

Iglesia Evangélica Pueblo Nuevo c/ Villacarlos, 14 28032 - Madrid
info@iglesiapueblonuevo.es - Horario de culto: Domingo 11 horas
Inscrita en el Ministerio de Justicia con el número 2827/SE-A
-